Los artículos anteriores de esta serie describieron qué haría CENIT y qué capacidades debería conservar el Estado. Queda una pregunta de diseño que determina si todo lo anterior dura: sobre qué norma se construye la institución.
No es lo mismo un programa que una institución
En la administración pública peruana conviven formas organizativas muy distintas, y cada una tiene una duración distinta:
| Forma | Qué es |
|---|---|
| Programa | Creado para objetivos y plazos determinados; puede extinguirse o absorberse |
| Oficina o unidad orgánica | Existe dentro de la estructura de otra entidad, según sus documentos de gestión |
| Secretaría | Órgano de una entidad, con las funciones que su reglamento le asigne |
| Política administrativa | Directivas y resoluciones que se modifican por la misma vía en que se aprobaron |
| Institución con competencias legales propias | Creada por norma con rango de ley, que define su objeto y sus atribuciones |
La jerarquía de la norma define la duración del arreglo
Si toda la arquitectura digital del Estado descansa en decisiones administrativas fácilmente reversibles, cada cambio de autoridad puede rehacer el arreglo institucional. Lo que se aprobó por resolución se deshace por resolución. Una infraestructura pensada para décadas necesita una base más estable que eso.
Qué debería establecer la ley de CENIT
Propongo que una ley propia fije, como mínimo:
- El objeto y las competencias de CENIT.
- Su gobernanza, su relación con la PCM y su relación con los ministerios.
- El régimen de dirección: periodo del director ejecutivo y causales de remoción.
- El régimen laboral y el financiamiento.
- La auditoría, la transparencia y las obligaciones de reporte y rendición de cuentas.
Lo que esta propuesta todavía no afirma
Quiero ser preciso sobre el alcance. No afirmo cuál sería la naturaleza jurídica final de CENIT dentro de la organización del Estado: eso depende del análisis legal. Tampoco sostengo que solo una ley pueda producir cada uno de estos efectos; la vía concreta es materia de diseño normativo. Y no presento aquí un proyecto de ley redactado.
La tesis es acotada: las competencias esenciales y las garantías institucionales de CENIT deberían establecerse mediante una ley propia.
Qué aporta la estabilidad legal
Una base legal estable da previsibilidad a todos los actores:
- Las entidades saben qué estándar deben cumplir el año próximo y el siguiente.
- El mercado puede planificar inversión y talento con reglas conocidas.
- Los especialistas aceptan trabajar en proyectos que no se cancelan a mitad de camino.
- El control y la ciudadanía tienen una responsabilidad institucional identificable.
Estabilidad no es blindaje
Una ley propia no coloca a CENIT fuera del alcance del Estado. Lo somete a reglas más exigentes y más difíciles de cambiar por conveniencia. Esa misma ley sería la que fija sus obligaciones de auditoría, transparencia y rendición de cuentas.
La objeción obvia: una ley puede tardar años y cambiarse igual
La objeción tiene razón en parte. Aprobar una ley exige un consenso que no siempre existe, y el Congreso puede modificarla después.
Pero la diferencia de costo importa. Cambiar una resolución exige una firma; cambiar una ley exige un debate público y una votación. Esa fricción es precisamente lo que protege a una infraestructura de largo plazo frente a decisiones de corto plazo. Y mientras la ley no exista, nada impide avanzar con los instrumentos disponibles, siempre que se tenga claro que son provisionales.
Qué cambia para el ciudadano
Para el ciudadano, significa que los servicios digitales que usa no dependen de quién ocupa un despacho. La identidad digital, la interoperabilidad y la protección de sus datos siguen funcionando aunque cambie el gobierno.
Hacia 2050
Las instituciones que sostienen infraestructura de largo plazo suelen tener una base legal propia y reglas de gobierno que trascienden a cada gestión. Si el Perú quiere un Estado digital coherente dentro de veinticinco años, necesita que la institución que lo construye exista durante esos veinticinco años.
Conclusión
Una infraestructura institucional de décadas no debería depender de decisiones administrativas de corto plazo.
Fuentes
- Este artículo desarrolla una propuesta institucional de Letras de Cambio. No presenta un proyecto de ley ni afirma la naturaleza jurídica final de CENIT.