Primero lo que ya existe, porque no partimos de cero. La Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE), creada por el Decreto Supremo 083-2011-PCM y administrada por la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD) de la PCM, permite el intercambio electrónico de datos entre entidades públicas.
La Ley de Gobierno Digital, Decreto Legislativo 1412, y su reglamento, Decreto Supremo 029-2021-PCM, establecen el marco del Sistema Nacional de Transformación Digital.
Y el Estado tiene varias plataformas con funciones distintas, que se confunden seguido:
| Plataforma | Para qué sirve |
|---|---|
| PIDE | Intercambio de datos entre entidades |
| ID Gob.pe | Identificación y autenticación digital |
| Gob.pe | Plataforma única de servicios del Estado |
| Perú Pass | Cartera digital de RENIEC |
Entonces, la interoperabilidad existe. Lo que hay que preguntarse es si se aplica de forma consistente.
El problema: la misma consulta por dos caminos
En la práctica, muchas consultas entre entidades siguen un circuito manual. La entidad A emite un oficio, lo manda por correo, la entidad B lo recibe, lo archiva, lo valida a mano y la respuesta llega días después. En el modelo interoperable, el sistema A le consulta al sistema B por un servicio seguro y tiene la respuesta en segundos.
No es solo velocidad. El circuito manual consume horas de servidores públicos, genera errores de transcripción, deja menos rastro y muchas veces termina trasladando la carga al ciudadano, a quien le piden traer el documento que la entidad no logró conseguir sola.
Mi tesis
El intercambio seguro entre sistemas públicos debe ser infraestructura normal, no una excepción gestionada a mano. El Estado no debería pedir por oficio lo que sus sistemas pueden consultar de forma segura.
Lo que hace falta del lado técnico
La interoperabilidad no es un botón que se prende. Necesita piezas que funcionen juntas:
- Interfaces de consulta: APIs u otros mecanismos para que un sistema consulte a otro. Las APIs son lo habitual, pero no lo único.
- Autenticación: saber quién consulta.
- Autorización: qué puede consultar cada entidad.
- Estándares y esquemas de datos: un formato común para que la información se entienda igual en los dos lados.
- Registro de accesos: una huella auditable de cada consulta.
- Seguridad: cifrado e integridad de la información en tránsito.
- Disponibilidad: que el servicio responda cuando se le necesita.
- Acuerdos de servicio: compromisos de tiempo y calidad entre entidades.
Si falta una, la interoperabilidad se vuelve frágil o insegura, y las entidades regresan al oficio.
Conectar los sistemas no basta
Hay un error muy común: creer que el trabajo termina cuando los sistemas están conectados. Dos sistemas pueden intercambiar datos perfectamente y seguir produciendo decisiones equivocadas. Por eso la interoperabilidad también tiene que resolver cuatro cosas del dato:
- Significado común. Que «domicilio» signifique lo mismo en los dos lados.
- Calidad. Un dato incorrecto viaja más rápido cuando hay conexión.
- Responsabilidad. Alguien tiene que responder por el dato, no solo transmitirlo.
- Actualización. Un dato viejo consultado en tiempo real sigue siendo viejo.
Mi propuesta: de mecanismo disponible a infraestructura común y exigible
Propongo tres cosas, en el marco de CENIT, la institución que planteo para la transformación digital del Estado:
- Estándares comunes de intercambio, aplicados de forma consistente dentro del ámbito que defina la ley.
- Integración como requisito de diseño para los sistemas nuevos, cuando corresponda, y no como un proyecto aparte que se hace años después.
- Gobernanza técnica con capacidad real de supervisión, dentro de las competencias que la ley le asigne.
No planteo ninguna tecnología específica como decisión definitiva. Lo que busco es capacidad institucional, no un proveedor ni una herramienta.
CENIT es mi propuesta; hoy no existe. Su relación con la SGTD y con la PIDE tendría que definirse por norma. No parto de desconocer lo construido, sino de convertirlo en infraestructura exigible.
Cómo lo implementaría
- Inventario de flujos manuales. Qué consultas entre entidades siguen haciéndose por oficio, cuántas son y cuánto tardan.
- Prioridad. Integrar primero los flujos de mayor volumen y los que afectan directamente al ciudadano.
- Regla para sistemas nuevos. Todo sistema nuevo con datos que otras entidades necesitan debe exponer servicios de consulta según el estándar.
- Métricas públicas. Servicios disponibles, consultas realizadas, disponibilidad, tiempos de respuesta y oficios eliminados.
La objeción obvia: más conexiones, más riesgo
Más conexiones significan más superficie de ataque. Es verdad. Pero la salida no es evitar la interoperabilidad, sino exigir autenticación, autorización, cifrado y registro de accesos como condiciones mínimas.
Hay dos objeciones más que tomo en serio. La protección de datos personales: la interoperabilidad tiene que funcionar con base legal, finalidad declarada y el mínimo dato necesario. Un Estado más conectado exige más control, no menos. Y la capacidad desigual de las entidades: muchas instituciones, sobre todo regionales y municipales, no tienen equipos técnicos para integrarse. La gobernanza técnica tiene que incluir apoyo, componentes reutilizables y plazos realistas.
Qué cambia para el ciudadano
Menos documentos que conseguir y llevar de una entidad a otra. Trámites más cortos porque la información llega sola. Menos errores por datos copiados a mano.
Hacia 2050
Un Estado que funciona como sistema, y no como un archipiélago de oficinas, es la base de todo lo demás: servicios proactivos, identidad digital útil, políticas basadas en datos. Quiero ver un Perú donde pedir un dato entre entidades por oficio sea una rareza.
Conclusión
El Estado no debería pedir por oficio lo que sus sistemas pueden consultar de forma segura. La infraestructura existe hace más de una década. Falta que sea la regla.
Fuentes
- Decreto Supremo 083-2011-PCM, que crea la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE).
- Decreto Legislativo 1412, Ley de Gobierno Digital.
- Decreto Supremo 029-2021-PCM, Reglamento de la Ley de Gobierno Digital.
- PCM, Secretaría de Gobierno y Transformación Digital.