SEGURIDAD·PROPUESTA

Aduanas, Migraciones, Guardaparques y otros cuerpos necesitan poder policial acorde con su misión

Varios cuerpos del Estado ya enfrentan crimen organizado todos los días: en la frontera, en los puertos, en la Amazonía. La autoridad que tienen debería corresponder al riesgo que asumen. Hoy, con demasiada frecuencia, persiguen estructuras armadas con herramientas diseñadas para una oficina administrativa.

Cuando se habla de seguridad, la conversación suele girar en torno a la Policía Nacional. Pero una parte importante del enfrentamiento con el crimen organizado ocurre lejos de las comisarías. Ocurre en un paso fronterizo donde se detecta una red de trata, en un puesto de control aduanero frente al contrabando organizado o en un área natural protegida invadida por la minería ilegal.

Quienes están allí no siempre son policías. Son funcionarios de aduanas, de migraciones, guardaparques o fiscalizadores forestales. Y enfrentan a las mismas organizaciones que la policía, muchas veces sin la autoridad ni la protección que ese enfrentamiento requiere.

El principio: la autoridad debe corresponder a la misión y al riesgo

No se trata de repartir facultades policiales. Se trata de reconocer que hay funcionarios que ya enfrentan estructuras criminales armadas con herramientas diseñadas para la fiscalización administrativa.

Donde el Estado exige enfrentar crimen organizado, debe entregar la autoridad y la protección que ese enfrentamiento requiere. Pedir lo primero sin dar lo segundo expone al servidor público y debilita la acción del Estado.

Seis cuerpos, seis situaciones distintas

La situación no es la misma para todos. Algunos cuerpos ya tienen potestades coercitivas; otros tienen una exposición al riesgo que supera su protección actual.

Aduanas. Ya ejerce funciones coercitivas: fiscalización, incautación y control de mercancías, e intervención en rutas de contrabando organizado. La SUNAT ya cuenta con procedimientos sobre el uso de armas para determinados funcionarios aduaneros. La pregunta operativa es qué facultades policiales deberían pertenecer directamente al cuerpo especializado. Depender siempre de un apoyo externo para actuar convierte cada oportunidad operativa en un trámite de coordinación.

Migraciones. Ejerce el control de ingreso y salida en pasos fronterizos, verifica documentos frente a redes de falsificación, detecta casos de trata de personas y tráfico de migrantes y actúa en zonas de frontera con presencia criminal organizada. La frontera es donde el Estado es más débil y donde el crimen organizado es más rentable. El control migratorio necesita facultades definidas para ese contexto.

Guardaparques. El Perú ya cuenta con un Cuerpo de Guardaparques, con funciones de control y vigilancia en las áreas naturales protegidas. Pero enfrenta amenazas que exceden su protección actual: minería ilegal con maquinaria, financiamiento y protección armada; tala ilegal con cadenas logísticas organizadas; tráfico de especies a cargo de redes internacionales; e incursiones armadas en territorio remoto y sin apoyo cercano. Para roles seleccionados, esa exposición justifica evaluar mayor protección y capacidad policial.

Fiscalización forestal. Aquí hay dos preguntas que resolver. La primera es de arquitectura: qué facultades policiales requiere la fiscalización forestal para actuar frente a estructuras organizadas. La segunda es de superposición: cómo se articula con la policía ambiental para no duplicar competencias ni dejar vacíos. El riesgo de diseño no es la especialización, sino la superposición sin protocolo.

SENASA. Ya cuenta con potestades de fiscalización: inmovilización de mercancías y productos, retención de bienes en el marco de sus competencias y decomiso conforme a la normativa sanitaria. La pregunta de diseño es cuándo una fiscalización de alto riesgo requiere autoridad policial y no solo potestad administrativa. La respuesta no es la misma para una inspección de rutina que para una intervención frente a una organización armada.

Guardacostas. La función ya existe. El Perú ejerce funciones de guardacostas y de policía marítima a través de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI). No propongo inventar una función nueva: negarlo sería desconocer el punto de partida. Propongo evaluar su forma institucional: analizar la separación y profesionalización de la función como agencia policial especializada, con carrera y doctrina propias. La discusión honesta no es si la función existe, sino cuál es la mejor arquitectura institucional para ejercerla.

Mi propuesta: autoridad proporcional al riesgo

Propongo revisar, cuerpo por cuerpo, qué autoridad y qué protección requiere cada uno según su misión y su exposición real al crimen organizado. El resultado no será el mismo para todos:

CuerpoPunto de partidaQué evaluar
AduanasFunciones coercitivas y procedimientos de uso de armasQué facultades policiales deben ser propias
MigracionesControl fronterizo y documentalFacultades definidas en zonas de frontera con crimen organizado
GuardaparquesCuerpo existente de control y vigilanciaMayor protección y capacidad policial en roles seleccionados
Fiscalización forestalFiscalización administrativaFacultades necesarias y protocolo con la policía ambiental
SENASAInmovilización, retención y decomisoCuándo una intervención requiere autoridad policial
GuardacostasFunción de policía marítima en DICAPIProfesionalización como agencia especializada

Esta propuesta se conecta con la reforma policial que planteo en esta serie: una estructura de agencias especializadas sobre una plataforma común de carrera, integridad, uso de la fuerza y tecnología. Dar facultades a un cuerpo sectorial exige también someterlo a esos mismos estándares de control.

La objeción obvia: ¿no crearíamos demasiadas policías?

Es un riesgo real. Multiplicar cuerpos armados sin coordinación puede generar duplicidades, conflictos de competencia y menos control.

Por eso el examen es la misión. Solo califican los cuerpos realmente expuestos a necesidades coercitivas de fiscalización. No toda entidad con potestad administrativa necesita facultades policiales. La prueba es concreta: si su personal enfrenta crimen organizado y riesgo físico real en el ejercicio de su función, la autoridad debe corresponder a esa exposición. Si no lo enfrenta, no. Y donde se otorguen facultades, deben venir con protocolos de coordinación con la policía, formación en uso de la fuerza y control interno.

Qué cambia para el ciudadano

Para el ciudadano, significa fronteras, aduanas y áreas protegidas con capacidad real de hacer cumplir la ley. Para el servidor público, significa autoridad y protección proporcionales al riesgo que el Estado le pide asumir.

Hacia 2050

Las economías ilegales que hoy crecen en la Amazonía, en las fronteras y en los puertos serán uno de los grandes desafíos de seguridad del Perú en las próximas décadas. Enfrentarlas exige presencia estatal especializada en territorios donde la Policía Nacional no puede estar en todas partes. Construir hoy cuerpos sectoriales con la autoridad adecuada es una inversión en soberanía efectiva sobre el territorio.

Conclusión

Un funcionario no debería perseguir crimen organizado con facultades diseñadas para una oficina administrativa. La autoridad que el Estado entrega debe corresponder a la misión que exige y al riesgo que pide asumir.

Fuentes

  1. SUNAT: normativa institucional sobre control aduanero y procedimientos aplicables a su personal.
  2. SERNANP: información institucional sobre el Cuerpo de Guardaparques.
  3. SENASA: normativa institucional sobre medidas sanitarias y fiscalización.
  4. Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI): información institucional sobre funciones de guardacostas y policía marítima.