Hay una pregunta que puede paralizar a un policía en el segundo exacto en que debe decidir: ¿proporcionalidad significa responder con la misma arma? La respuesta tiene consecuencias para su vida, para la de terceros y para su futuro legal.
Qué dice la doctrina constitucional
El Tribunal Constitucional, en el expediente 00008-2021-PI/TC, ha señalado que la proporcionalidad no exige una equivalencia mecánica entre el arma o la intensidad del agresor y la respuesta policial.
| Lectura incorrecta | Lectura correcta |
|---|---|
| Espejo de armas: si el agresor usa un cuchillo, el policía solo puede responder con un cuchillo | Control del exceso: evaluar si la respuesta fue razonable frente al riesgo concreto que el policía enfrentaba |
La proporcionalidad evalúa el exceso, no la simetría.
La amenaza letal no requiere un arma de fuego
La realidad operativa lo confirma. Un cuchillo puede producir la muerte en segundos. Un objeto contundente también. Varios agresores modifican por completo el nivel de riesgo, y la distancia corta o un espacio cerrado agravan cualquier amenaza. Quien decide en la calle no evalúa un catálogo de armas: evalúa si va a sobrevivir al siguiente movimiento.
Cinco variables en pocos segundos
El policía debe ponderar la inmediatez del daño, la gravedad de la agresión, el número de agresores, el entorno (espacio, iluminación, vías de escape) y el riesgo para terceros. Y debe hacerlo en segundos, no en una audiencia meses después.
Mi posición
El Estado no debería obligar a un policía a elegir entre sobrevivir y arruinarse legalmente. Cuando la respuesta fue razonable en las circunstancias, el Estado debe respaldarla. La duda no protege al ciudadano: deja indefensos a los dos.
Mi propuesta: protocolos claros y defensa legal efectiva
Propongo dos cosas concretas. Primero, reglas de actuación entendibles, entrenadas en escenarios y actualizadas periódicamente. Un protocolo que solo se lee en el aula no protege a nadie. Segundo, defensa legal institucional inmediata para el policía que actúa conforme a la ley, como se planteó en el artículo anterior de esta serie.
El límite: la investigación se mantiene
Respaldar la actuación legítima no significa cerrar la puerta a la investigación. Donde exista evidencia creíble de abuso, el caso debe investigarse con independencia y llegar hasta el final. Respaldar al que cumple la ley no significa dar excusas al que la viola.
La evidencia objetiva reduce la ambigüedad
Sin registro, la decisión depende de relatos enfrentados y de la percepción posterior de lo ocurrido. Con registro, a través de cámaras corporales y partes vinculados a la munición utilizada, la distancia, la inmediatez, el número de agresores y la conducta previa quedan documentados. La ambigüedad es el terreno donde se hunden tanto el policía honesto como la víctima del abuso.
La objeción obvia: ¿esto da licencia para disparar?
No. Legalidad, necesidad y proporcionalidad siguen limitando el uso de la fuerza, y los tres principios permanecen plenamente vigentes. Lo que se corrige es la interpretación equivocada de que la proporcionalidad exige una equivalencia mecánica de armas.
Qué cambia para el ciudadano
Para el ciudadano, significa una policía capaz de intervenir cuando hay vidas en riesgo. Para el policía, reglas claras, entrenamiento real y defensa legal cuando actuó conforme a derecho.
Hacia 2050
El crimen organizado seguirá elevando su capacidad de violencia. Una policía que duda en el momento crítico por miedo a una interpretación equivocada de la ley no protege a nadie; una que actúa sin control tampoco. El equilibrio entre ambas se construye con doctrina clara, entrenamiento y evidencia.
Conclusión
Respaldar al policía que cumple la ley no significa tolerar al que la viola.
Fuentes
- Tribunal Constitucional del Perú, Expediente 00008-2021-PI/TC.