Cualquier propuesta sobre seguridad local tiene que empezar por un hecho: el Serenazgo ya existe y opera en buena parte de los distritos del país. La ley lo define como un servicio municipal de seguridad que apoya y coordina con la Policía Nacional. Las reformas recientes han reforzado su formación, su equipamiento no letal y el uso de cámaras corporales.
En muchas ciudades, el sereno es la presencia de seguridad más visible del barrio. Recorre los parques, llega primero a un incidente menor y conoce a los vecinos.
Lo que es y lo que no es
Pero el Serenazgo no es hoy, legalmente, lo mismo que la Policía. Y reconocer esa diferencia es el punto de partida honesto de cualquier propuesta sobre su futuro.
Lo que es: un servicio municipal de presencia preventiva, apoyo y coordinación con la Policía Nacional, con las competencias que le asigna la ley municipal.
Lo que no es: una policía nacional. No tiene las facultades de investigación ni las atribuciones que la ley reserva a la Policía Nacional.
Esa frontera no es un defecto. Es una definición de funciones que hay que hacer más clara, no borrar.
Mi tesis
El Serenazgo no debería convertirse en una copia en miniatura de la Policía Nacional. Duplicar funciones nacionales en cada municipio produce competencia entre instituciones, gasto redundante y un ciudadano confundido que no sabe a quién acudir ni quién responde.
Mi propuesta: Policía Comunitaria Municipal
Propongo que el Serenazgo evolucione hacia una Policía Comunitaria Municipal: un servicio municipal profesional, con estándares nacionales de formación y equipamiento, y competencias limitadas y claramente definidas por ley.
Profesionalizar no es ampliar facultades sin límite. Es hacer bien un conjunto acotado de funciones.
Cómo la diseñaría
Depende del municipio. Se mantiene bajo la autoridad del alcalde y del concejo, con estándares nacionales obligatorios de formación, equipamiento e interoperabilidad. Cercanía local en la gestión; estándar nacional en la calidad.
Su misión es la proximidad y la prevención. Conocer el barrio, estar presente y evitar que el incidente ocurra. Es justo lo que la Policía Nacional, ocupada en misiones especializadas, no puede hacer con la misma densidad en el territorio.
Sus funciones propias:
- Vigilancia y cuidado de parques y espacios públicos.
- Patrullaje de proximidad y vínculo permanente con el vecindario.
- Fiscalización municipal: ordenanzas y orden público municipal.
- Primera atención de incidentes locales dentro de su competencia.
Sus funciones de apoyo, siempre dentro de lo que la ley autorice y sin invadir competencias nacionales:
- Eventos públicos y aglomeraciones en el distrito.
- Tránsito local, donde la ley lo autorice expresamente.
- Orientación y asistencia directa al ciudadano.
- Primera respuesta hasta que llegue la agencia competente.
La regla: preservar la escena y transferir
Cuando la Policía Comunitaria llega primero a un hecho grave, su trabajo no es investigar. Es hacer bien los primeros minutos:
- Asegurar el lugar y proteger a las personas.
- Preservar la escena sin alterar la evidencia.
- Avisar de inmediato a la agencia nacional competente.
- Transferir el caso y documentar lo que hizo.
Una escena bien preservada puede decidir si un caso se resuelve. Una escena alterada con buena intención puede arruinarlo.
El límite expreso
Hay funciones que no le corresponden a un servicio municipal, y la ley tiene que dejarlas fuera:
- Homicidios, que corresponden a la agencia nacional de investigación criminal.
- Inteligencia nacional, competencia exclusiva del sistema de inteligencia del Estado.
- Crimen organizado, que exige capacidad nacional, inteligencia y alcance entre regiones.
- Criminalística compleja, que requiere laboratorios y peritos de nivel nacional.
- Narcotráfico, una función especializada de alcance nacional e internacional.
A cambio, el estándar nacional sí tiene que llegar al nivel municipal: formación, uniformes, comunicaciones, cámaras donde corresponda y despacho conectado con la Policía Nacional.
Cómo lo implementaría
Esto necesita una reforma legal que defina con precisión las competencias, los estándares nacionales obligatorios y cómo se coordina con la Policía Nacional. Lo haría así:
- Estándar nacional: perfil de ingreso, formación mínima, equipamiento, protocolos y uso de cámaras.
- Certificación gradual de los servicios existentes, empezando por los distritos con más capacidad y más delitos.
- Despacho integrado: que llamadas y alertas se coordinen con la Policía Nacional en un sistema común, para que cada caso llegue a quien corresponde.
- Medición: tiempos de respuesta, incidentes atendidos, casos bien transferidos y quejas ciudadanas.
Y un punto delicado: la plata. Los municipios tienen capacidades fiscales muy distintas. Si el estándar se exige sin considerar eso, solo los distritos ricos lo van a cumplir. La reforma tiene que contemplar apoyo para los municipios con menos recursos.
La objeción obvia: «¿dos policías en la misma calle?»
No, si hacen cosas distintas. Una previene y conoce el barrio. La otra investiga y enfrenta funciones nacionales especializadas. El problema aparece cuando las dos hacen lo mismo y nadie definió quién responde.
Hoy es justamente esa falta de definición la que genera choques. Definir por ley qué hace cada una es cómo se evita la duplicación, no cómo se crea.
Qué cambia para el ciudadano
Presencia permanente en tu barrio, con personal formado y equipado según un estándar nacional. Y la certeza de que, si pasa algo grave, el caso llega a quien sabe investigarlo.
Para el municipio, un servicio profesional con estándar nacional y competencias definidas por ley, en vez de uno cuya calidad depende de la gestión de turno.
Hacia 2050
Las ciudades que logran bajar la inseguridad combinan presencia local cercana con capacidad nacional especializada. Así quiero ver al Perú: seguridad en capas, con servicios municipales de proximidad profesionales en cada ciudad y agencias nacionales especializadas para lo que exige investigación, inteligencia y alcance nacional.
Conclusión
La seguridad empieza en la comunidad. Pero no termina ahí. El Serenazgo puede ser la primera capa de un sistema de seguridad serio si se le dan estándares, límites y una misión clara.
Fuentes
- Legislación peruana vigente sobre seguridad ciudadana y servicios municipales de serenazgo.